Entrevista al Dr. Manuel Benítez, presidente de la Cámara Argentina de Proveedores Mineros (CAPMIN)
Los proveedores son “la mina misma”.
El Dr. Manuel Benítez, presidente de la Cámara Argentina de Proveedores Mineros (CAPMIN), en diálogo con El Pregón Minero resaltó el rol que cumple CAPMIN y, además, comentó el enorme esfuerzo que hace la Institución para ayudar a desarrollar no solo al sector sino y en especial a la comunidad que integra. Asimismo, recordó que vienen trabajando con cámaras afines del exterior para ampliar su radio de acción.
El Pregón Minero: Después de haber pasado unos meses como Presidente de CAPMIN, y habiéndose realizado el 1° Encuentro Nacional de Proveedores Mineros ¿qué reflexiones y conclusiones sobre lo que piensan los proveedores mineros pudo alcanzar?
Manuel Benítez: Sin lugar a dudas, nuestro primer encuentro consideramos que fue un éxito de convocatoria y trabajo conjunto, con brillantes exposiciones de cada uno de los invitados. Claramente se pudo observar de manera directa la importancia del rol de los proveedores en el desarrollo de la minería argentina y también el compromiso de las empresas proveedoras en un momento tan difícil del país, y donde la actividad minera sin duda alguna tiene y tendrá un rol central para generar divisas genuinas para el país. En este análisis, además del tema apuntado, la minería consolida un desarrollo federal, inclusivo, que evita la emigración de la gente afincando a las comunidades.
Los proveedores mineros tenemos la plena convicción que nuestra actividad es uno de los caminos centrales que permitirá al país adelantar la recuperación post pandemia.
EPM: ¿Cuáles son los objetivos a corto y largo plazo que se planteó como presidente de CAPMIN? ¿Están en la misma línea de lo observado fácticamente en este tiempo del que hablamos en la pregunta anterior?
MB: Lo apuntado en la pregunta anterior refleja los parámetros centrales de la gestión que me toca llevar adelante con la comisión que integro. La Cámara de Proveedores mineros tiene objetivos, en el cual esta gestión que yo presido va a tratar de profundizar de una manera solidaria y gregaria frente al tiempo que enfrenta el país. Nuestra idea es institucionalizar lo más posible la actividad del proveedor minero. Privilegiando el proveedor en donde se ubican los proyectos mineros, integrados en cada provincia y en todo el país. Que cada uno de los proveedores pueda continuar mejorando su capacidad cualitativa y cuantitativa, creciendo en armonía y generar trabajo para todos. Continuaremos conformando alianzas con cada una de las cámaras provinciales para fortaleza de cada uno de los componentes de la cadena de valor. También, debemos puntualizar que CAPMIN no solamente produce en el país, sino también que exporta bienes y servicios al exterior generando divisas genuinas para bien de la comunidad en general. En línea con ese análisis, CAPMIN ha firmado y continúa trabajando respecto de acuerdos con cámaras internacionales y representaciones comerciales extranjeras para favorecer ese intercambio en sentido creciente. Creemos que todos estos esfuerzos de los proveedores es un escenario valioso para la calidad de vida de la gente.
EPM: Hoy en día se está planteando mucho el tema de cómo hacemos minería y no tanto la disyuntiva de minería sí o minería no. Con esta nueva forma de considerarse la minería ¿qué papel desempeñan los proveedores mineros?
MB: Muy interesante esta pregunta, así como hoy ya no nos preguntamos minería si o minería no, es un tiempo que se puede ver con claridad que los proveedores mineros no son algo diferente a la producción minera en particular, sino que una mina es un conglomerado de proveedores, son la mina misma. Ya que sin proveedores no podemos pensar la existencia de la mina. Productores y proveedores, con distintos roles son parte de la misma construcción de riqueza.
EPM: Durante el Encuentro Nacional de Proveedores Mineros, el tema de la Comunicación fue recurrente. ¿Cree que es una asignatura pendiente que tiene el sector? ¿Desde CAPMIN, cómo tienen planeado trabajar este tema?
MB: Sin lugar a dudas, en el mundo de hoy, globalizado, el rol de los medios es fundamental. Es central que podamos transmitir a la gente, a la opinión pública, no solamente lo que hacemos sino cómo lo hacemos cada día, que la opinión publica pueda observar que la minería es una actividad de puertas abiertas, y donde la comunidad tiene un rol fundamental. No se acepta lo que se desconoce, es nuestra asignatura pendiente el profundizar la comunicación de manera permanente. Nosotros desde CAPMIN estamos trabajando para poner nuestro grano de arena en ese tema, y con nuestra gente, los trabajadores, las comunidades y un estado que acompañe, no tengo dudas que podremos seguir trabajando de manera transparente y decidida para un desarrollo general.
EPM: Aparte del tema de la comunicación, hay otro tema pendiente para trabajar en beneficio del proveedor minero?
MB: Sin dudas hay mucho por hacer aún, de lo que sí estoy seguro es que el método es la cooperación, la solidaridad entre proveedores, productores, y el acompañamiento del estado en todas sus formas.
Es el momento de empujar por el trabajo argentino.
EPM: El Covid hizo destrozos en diferentes medidas en todo el arco económico -sin contar los problemas sociales y espirituales que se vienen sufriendo. Y la industria minera no escapó a ello. ¿Cómo afectó y les sigue afectado a los proveedores mineros? ¿Cómo está trabajando hoy en día CAPMIN con sus asociados este tema acuciante?
MB: El COVID nos ha modificado muchas cosas en la vida diaria de cada uno de nosotros, y como bien dice usted generó daños importantes no solamente en la salud de la sociedad, sino también en las estructuras sociales, culturales, y económicas del mundo.
Claramente impactó, como en todos los grupos productivos, de manera directa en la producción minera global de la que formamos parte. Pero la actividad realizó los mayores esfuerzos para continuar produciendo, y los proveedores pusimos nuestra parte, sin dudarlo. Con complejos protocolos del cuidado fundamental de la gente y haciendo todo lo que hay que hacer para mantener el circulo productivo funcionando a pesar de todo. Fue y continúa siendo un trabajo arduo y complejo, pero seguimos adelante.
EPM: Hace unos días la Cámara firmó un Convenio Marco de cooperación institucional entre CAPMIN y el IRAM ¿cuál fue el objetivo de este convenio y cómo lo van a aplicar?
MB: Es un convenio muy importante y el objetivo central es dotar de mayor calidad cada vez más a nuestros productos no solamente para el mercado interno sino también como dije antes para el mercado externo. Vamos a trabajar con el IRAM para certificar la mayor cantidad de productos que nos permitan competir seriamente y poder colocar trabajo argentino en cada mina del país o del exterior. (El Pregón Minero)
Fuente: Editorial RN
La minería argentina y su rol paradigmático
Por Manuel Benítez | Director de MB Abogados
Cada 7 de mayo, fecha en la que se celebra el Día de la Minería en conmemoración a la sanción de la primera Ley de Fomento Minero en el año 1813, los mineros lo vivimos como una oportunidad para realizar un inventario de los hitos -positivos y negativos- de los últimos años en el sector para así poder comprender mejor en qué lugar del desarrollo de la actividad nos encontramos. El contexto pandémico hace de la situación actual un hecho extraordinario, en el que una vez más debemos, aún con mayor énfasis, ratificar el esfuerzo, el tesón y el espíritu de sacrificio de la comunidad minera para sortear los obstáculos presentados.
No hay actividad productiva que directa o indirectamente no se vea afectada por el freno de emergencia forzado por el Covid-19, pero la minería en la Argentina acarrea una agenda de desafíos pendientes desde antes de la cuarentena que el nuevo escenario global reafirma e intensifica.
En primer lugar, en minería debemos seguir trabajando la comunicación profesional comprendida como una inversión para la producción, y no como un gasto. En nuestro país, no sólo la opinión pública se encuentra poco informada en lo que a minería respecta, sino que existen sectores de la sociedad que cabalgan sobre tal desinformación para intentar generar una grieta entre desarrollo sustentable y el medio ambiente. En este escenario, la comunicación se instala como un elemento esencial.
La generación de una ilusoria grieta se fundamenta en ideas falsas con respecto de la minería moderna en el mundo, como así también de la Argentina, país en el que se trabaja en fuerte consonancia con el concepto de minería sustentable. En efecto, los actuales procesos de trabajo y control en el territorio nacional permiten el cuidado del medio ambiente de manera participativa.
Asimismo, la mayor inversión en la comunicación transparente de políticas mineras para promover una opinión pública objetiva y razonable, debe ser considerada de tal relevancia que se mantenga estable en el tiempo. Es decir, que resista las coyunturas de cada inversión o proyecto, y obtener así una política de confiabilidad sostenida.
Al respecto, es central tener en cuenta el persistente aspecto de la incomprensión de la opinión pública en relación a la importancia de la minería como fuente de desarrollo constante para un mundo que demanda mejores condiciones de vida en todo sentido. Es deber nuestro, como miembros y agentes del sector de la minería, trabajar para que la opinión pública acceda y perciba los beneficios propios de la actividad.
Mucho se ha escrito sobre la potencialidad de nuestro país en cuanto a recursos naturales y la capacidad profesional de nuestros recursos humanos. Hoy, más que nunca, la minería en la Argentina sigue significando una gran oportunidad para la inversión generadora de riqueza, que debe ser conocida por todos para un auténtico desarrollo.
Para ello, debemos fortalecer la marca Minería Argentina, sin segmentarla hacia el exterior, y trabajar para un consenso interno, lo que sin lugar a duda será para bien de todos. En este sentido, es primordial unir esfuerzos desde los sectores público y privado para elaborar un mensaje prometedor, confiable y estable hacia el mundo inversor.
Los proyectos mineros tienen, por sus características intrínsecas, la condición de trascender períodos sociales y políticos. Dicha fórmula permite que los beneficios que genera la actividad impliquen un desarrollo constante para las comunidades aledañas a los emprendimientos en particular y para toda la sociedad en general. Asumiendo de esta manera que la minería es de todos y solo falta concientización de ello, para consolidar un necesario sentido de pertenencia.
En un mundo atravesado por una pandemia que ha traído -y traerá aún más- pobreza globalizada, se hace esencial que a partir de la comprensión de que nuestro trabajo se centra en objetivos de crecimiento sustentable, logremos el aval de todos los actores de nuestra sociedad para tener la oportunidad de ayudar a reconstruirnos tras superar esta insólita y todavía inconmensurable situación de emergencia.
Fuente: EL PREGON MINERO
Resolución | Libre Acceso a la Información Pública Ambiental
Resolución 453/2019
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2019
VISTO: El expediente EX-2019-92529582- -APN-DRIMAD#SGP y el EXP-JGM:0029878/2016 del Registro de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley No 24.051 sobre residuos peligrosos del 17 de enero de 1992, su Decreto Reglamentario No 831 del 23 de abril de 1993 y normativa complementaria, la Ley de Ministerios No 22.520 (T.O. Decreto N° 438 del 20 de marzo de 1992), la Ley General de Ambiente N° 25.675 del 26 de noviembre de 2002, la Ley N° 25.831 sobre el Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental del 7 de enero de 2004, el Decreto No 434 del 1 de marzo de 2016, el Decreto No 891 del 1o de noviembre de 2017, el Decreto No 958 del 25 de octubre de 2018, la Resolución No 737 del 1 de junio 2001 de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental y modificatorias, la Resolución N° 827/2015 del 30 de septiembre de 2015 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros y su modificatoria N° E 213/2017 del 20 de marzo de 2017 del entonces Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, la Decisión Administrativa No 311 del 14 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que, en los términos de la Ley General del Ambiente N° 25.675, la autoridad de aplicación, hoy la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, deberá desarrollar un sistema nacional integrado de información que administre los datos significativos y relevantes del ambiente, y evalúe la información ambiental disponible.
Que, asimismo, la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental N° 25.831 sobre el Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental, estableció el deber de la autoridad ambiental nacional, a través del área competente, de cooperar para facilitar el acceso a la información ambiental, promoviendo la difusión del material informativo que se genere en las distintas jurisdicciones.
Que, en ese orden de ideas, y en lo que concierne a la gestión integral de residuos, recae en la autoridad nacional la potestad para desarrollar y otorgar a cada provincia y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, herramientas que favorezcan el acceso a la información procurando un control acabado de la protección de sus recursos.
Que de acuerdo con la Ley N° 24.051 de residuos peligrosos, la naturaleza y cantidad de los residuos generados, su origen, transferencia, tratamiento o disposición final, y cualquier otra operación que respecto de los mismos se realizare, quedará documentada en un instrumento denominado manifiesto.
Que el artículo 60 inc. 2) del Decreto N° 831/1993, reglamentario de la Ley N° 24.051 de Residuos Peligrosos, determina que es facultad de la Autoridad de Aplicación dictar todas las normas complementarias que sean menester y expedirse para la mejor interpretación y aplicación de la Ley 24.051 y sus objetivos.
Que, en este sentido, por Resolución N° 827/2015 de la entonces SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se implementó el Sistema de Manifiesto en Línea (SIMEL), creado a los efectos de que todo generador que cuente con un expediente en el Registro Nacional pudiera tramitar manifiestos en forma electrónica para efectuar el movimiento interjurisdiccional de residuos peligrosos a nivel nacional.
Que, si bien hoy día dichos movimientos interjurisdiccionales efectivamente se traducen en una serie de datos alojados en el mencionado sistema, no puede considerarse que los manifiestos aludidos representen una trazabilidad en materia de gestión de residuos, sino que configuran remitos de transporte cuyos datos resultan estáticos y accesibles únicamente para la autoridad ambiental nacional.
Que, por su parte, la imposibilidad de utilizar el SIMEL por parte de aquellos usuarios que no tienen un expediente iniciado, genera hoy un riesgo ambiental, en tanto no otorga herramientas para que los generadores puedan declarar y consecuentemente gestionar sus residuos en forma ambientalmente racional, limitando el monitoreo y vigilancia por parte de las autoridades de control a aquellos administrados que tradicionalmente hubieran gestionado correctamente sus residuos.
Que, adicionalmente, y atento a la imperiosa necesidad de controlar la personería de quien declara la gestión de residuos, resulta indispensable la verificación a través del CUIT y clave fiscal a fin de evitar movimientos fraudulentos y otorgar una herramienta al administrado para acreditar un obrar diligente.
Que conforme el Plan de Modernización del Estado, y las Buenas Prácticas en materia de Simplificación aprobados por los Decretos N° 434/2016 y N° 891/2017, respectivamente, resulta indispensable habilitar la interacción e intercambio de información actualizada con el Registro Único de Transporte Automotor (RUTA) y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), impulsando y garantizando un mayor cumplimiento con condiciones técnicas de carácter obligatorio tales como la vigencia de la revisión técnica obligatoria, las licencias profesionales, entre otros requisitos, no sólo a la hora de la emisión del certificado por parte de la autoridad ambiental, sino también en ocasión de realizar un movimiento específico.
Que, en razón de los considerandos precedentes, se ha desarrollado un Sistema de Gestión Integral de Residuos y otros, denominado en lo sucesivo GIRO, interfaz mediante la cual se sugiere el reemplazo del uso del citado en SIMEL, propiciando las mejoras sobre las deficiencias descriptas.
Que por su parte y atendiendo a las necesidades locales, corresponde otorgar a aquellas jurisdicciones que lo deseen, la posibilidad de adecuar su normativa, adhiriendo al uso del Sistema GIRO, a fin de acceder al conocimiento y vigilancia sobre los movimientos dentro de sus propias jurisdicciones.
Que sobre la implementación resulta indispensable, para lograr una transición eficiente, ejecutar un período de prueba con operadores específicos emplazados en distintas jurisdicciones, que estén inscriptos en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos mediante ensayos paulatinos, a fin de identificar preliminarmente, potenciales errores que permitan subsanar eventuales deficiencias, y efectuar correcciones o proyectar mejoras futuras.
Que deviene oportuno, durante el período de prueba señalado, proceder al empadronamiento de generadores, transportistas y operadores de residuos peligrosos, en la plataforma GIRO, a fin de que el universo de empresas y establecimientos que operarán la herramienta, haya migrado una vez discontinuado el uso de SIMEL.
Que, por otro lado, en virtud del Decreto N° 958/2018, es responsabilidad de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL dependiente de la actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN formular, ejecutar y evaluar políticas, programas y proyectos vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos entre otros; por lo que corresponde sea este organismo o el que en el futuro lo reemplace, quien realice la individualización inequívoca y concreta de los residuos peligrosos incluidos en las vigentes categorías sometidas a control del Anexo I de la Ley N° 24.051 de residuos peligrosos, así como de las operaciones particularmente alcanzadas por su Anexo III en atención a la propuesta que la DIRECCION DE RESIDUOS como área sustantiva, eleve a dichos efectos, a fin de garantizar un mejor control sobre la gestión integral de los mismos.
Que, por su parte, la Disposición Administrativa N° 311/2018 determina que es responsabilidad primaria de la DIRECCION DE RESIDUOS, proponer e implementar mecanismos y herramientas de gestión en materia de residuos domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o cualquier otro que pudiere estar previsto en la normativa.
Que, en virtud de lo expuesto, resulta imperioso, oportuno y conveniente, a los efectos de dar celeridad y eficacia a la transición de un sistema al otro, que la DIRECCION DE RESIDUOS o el organismo que en el futuro la reemplace, propicie la migración del Sistema de Manifiesto en Línea (SIMEL) al Sistema GIRO, e implemente gradualmente éste último, realizando las pruebas previas, a la migración definitiva.
Que, igualmente, razones de buen orden administrativo también aconsejan aprobar los lineamientos tendientes a derogar las Resoluciones N° 827/2017 de la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y su modificatoria E- 213/2017 del entonces MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) sus modificatorias y complementarias, la Ley de Residuos Peligrosos N° 24.051 y el Decreto N° 958/2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. – Créese el SISTEMA DE GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS Y OTROS (GIRO), cuya implementación será llevada a cabo por la DIRECCIÓN DE RESIDUOS de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 2°. – Apruébese el Manual de Uso Externo del Sistema GIRO y su respectivo Manual de Tareas, que establecen en conjunto la operatoria informático-administrativa, que como Anexo I (IF-2019-105557053-APNDR#SGP) forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°. – Apruébese el Manual de Uso Interno del Sistema GIRO que establece la operatoria informático-administrativa de uso local, el que, como Anexo II (IF-2019-105555969-APN-DR#SGP), forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4°. – La DIRECCIÓN DE RESIDUOS o la que en el futuro la reemplace, arbitrará las medidas necesarias a fin de instrumentar la implementación del sistema GIRO de forma progresiva, otorgando a las jurisdicciones que lo requieran, los usuarios que resulten necesarios a efectos de verificar la información que surja dentro de los movimientos efectuados en sus territorios respectivos.
ARTÍCULO 5°. – La SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL dependiente de la SEGRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION o la que en el futuro la reemplace, efectuará la individualización inequívoca y concreta de los residuos peligrosos incluidos en las vigentes categorías sometidas a control del Anexo I de la Ley N° 24.051 de residuos peligrosos, así como de las operaciones particularmente alcanzadas por su Anexo III
ARTÍCULO 6°. – Otórguese un plazo de 60 días corridos, una vez productivo el sistema GIRO, para que todos los generadores, transportistas y operadores que desarrollan su actividad en interjurisdicción, procedan a registrarse y dar de alta los establecimientos que suscribirán manifiestos a través del mismo.
ARTÍCULO 7°. – Invítese a las jurisdicciones que deseen implementar el sistema GIRO para trazar los residuos dentro de su territorio, a emitir la normativa respectiva a fin de instruir a los administrados en sus territorios a realizar el correspondiente registro y ulterior implementación.
ARTÍCULO 8°. – Otórguese un plazo de 240 días corridos una vez productivo el sistema para derogar las Resoluciones N° 827/2015, y su modificatoria E 213/2017 a fin de migrar en forma definitiva la trazabilidad en materia de gestión integral de residuos al sistema GIRO.
ARTÍCULO 9°. – Los manuales aprobados por los artículos 2° y 3° de la presente resolución deberán encontrarse disponibles en el sitio web oficial de esta SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE con sus respectivas actualizaciones periódicas, las que serán aprobadas por disposición del área sustantiva en la medida en que los mismos así lo requieran, y posteriormente publicadas en la web institucional.
ARTÍCULO 10o. – La presente Resolución comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 11o. -Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio Alejandro Bergman
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/12/2019 N° 92722/19 v. 02/12/2019
Fecha de publicación 02/12/2019