Indice para contratos de locación

Contrato de locación

PARA LAS ENTIDADES FINANCIERAS

El Directorio del Banco Central aprobó el siguiente método de cálculo del Índice para Contratos de Locación (Ley 27.551):

En el transcurso de cada mes, el Índice para Contratos de Locación (ICL) se construirá en base a la tasa media geométrica calculada sobre las variaciones, con igual ponderación, del índice de precios al consumidor con cobertura nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) y de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE) publicada por la Secretaría de Seguridad Social.